De la protección de refinerías al control de carga: Conozca las 12 facultades militares ante la conmoción interna

El presidente de la República, Rodrigo Paz, en su condición de Capitán General de las Fuerzas Armadas, promulgó el Decreto Supremo 5636. La nueva norma legal regula las intervenciones de las fuerzas de defensa nacional en apoyo a la Policía Boliviana. El despliegue de las unidades militares se ejecutará exclusivamente si los contingentes policiales son superados o rebasados en las carreteras.

La determinación del Órgano Ejecutivo se sustenta jurídicamente en el cumplimiento estricto de los presupuestos exigidos en el artículo 21 de la Ley 1740. Esta base legal faculta al Gobierno a disponer un apoyo de carácter extraordinario, temporal, proporcional y territorialmente delimitado de las guarniciones militares. Las operaciones buscarán el restablecimiento pleno del orden público interno.

De acuerdo con el documento oficial, el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas queda plenamente autorizado para incorporar 12 directrices dentro de sus órdenes de operaciones. Estas facultades abarcan el resguardo físico de instalaciones del Estado, la habilitación de perímetros de seguridad y la consolidación de zonas de protección en torno a los activos estratégicos nacionales.

“Habiendo sido cumplido los presupuestos exigidos en el artículo 21 de la Ley 1740, se dispone que las Fuerzas Armadas coadyuven a la Policía Boliviana en el control y restablecimiento del orden público interno”, establece la redacción del Decreto Supremo 5636.

En el ámbito logístico, los efectivos castrenses asumirán la protección de las rutas fundamentales para asegurar el abastecimiento de raciones alimenticias, carburantes y medicamentos. El plan de contingencia estatal abarca la seguridad física de aeropuertos, plantas energéticas, redes de telecomunicaciones, centros hospitalarios, sistemas hídricos y terminales de carga general.

Asimismo, la normativa faculta a las patrullas combinadas a ejecutar operaciones de estabilización y misiones de asistencia humanitaria para la población civil afectada. Las tropas desplegadas brindarán soporte en tareas de inteligencia, transporte aéreo, terrestre, fluvial y sanitario, coordinando de forma paralela el apoyo técnico y administrativo de las diferentes entidades públicas del Estado.

Finalmente, el Decreto 5636 autoriza de forma expresa la realización de controles exhaustivos a los vehículos y cargas que circulen por los puntos estratégicos. Los uniformados fiscalizarán los motorizados con la finalidad de prevenir el traslado ilegal de armamento, explosivos, artefactos incendiarios, bienes vinculados a los bloqueos de carreteras o personas requeridas por mandamientos judiciales.

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