viernes, septiembre 18 2026

Tribunal agroambiental ordena paralizar operaciones de Bolivian Gold en territorio de la comunidad Colque Alta en Corocoro

La medida cautelar dispone la suspensión inmediata de actividades extractivas, voladuras, movimiento de tierras, transporte de mineral y uso de maquinaria pesada. La empresa también deberá retirar su personal, maquinaria e insumos del área en conflicto.

El Tribunal Agroambiental ordenó la suspensión inmediata y total de las actividades mineras de la empresa Bolivian Gold S.A. dentro del territorio de la Comunidad Originaria Colque Alta, en el municipio de Corocoro, tras establecerse una superposición del 100% de la operación minera con el polígono territorial de la comunidad, según el informe técnico jurídico citado en la resolución.

La determinación está contenida en el Auto

Interlocutorio Definitivo N.º 025/2026, emitido el 23 de junio de 2026 por el Juzgado Agroambiental de Viacha, dentro del proceso de medida cautelar ambiental iniciado por la Comunidad Originaria Colque Alta, Leonora Ninfa Mamani Tiñini de Siñani y Claudio Mamani Tiñini contra Bolivian Gold S.A.
La resolución establece la prohibición de innovar y la paralización inmediata de toda actividad de explotación, voladura, movimiento de tierras, transporte de mineral y utilización de maquinaria pesada dentro del área señalada.

Ordenan retirar maquinaria y personal

El fallo también dispone que Bolivian Gold S.A. retire de manera inmediata su maquinaria, insumos y personal del área de conflicto, hasta que la empresa demuestre ante el juzgado la regularización de su documentación y el cumplimiento de los requisitos correspondientes.

Entre los aspectos que deberán ser acreditados figuran la documentación del SEPREC, licencia de funcionamiento, pólizas de seguro y mecanismos de seguridad, con participación activa de la comunidad Colque Alta.

La jueza agroambiental Cinthia Veliz Caceres aclaró además que la presentación de protocolos de seguridad no significa una autorización para retomar las actividades extractivas. Por el contrario, las operaciones mineras permanecen suspendidas.

Suspensión indefinida
La medida cautelar tendrá vigencia de forma indefinida, hasta la culminación del proceso principal o hasta que la empresa acredite el cumplimiento estricto de las normas ambientales y de seguridad, previa valoración técnica del juzgado.

Asimismo, la resolución dispone notificar a la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) y al Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal, para que, dentro de sus competencias, realicen las acciones de fiscalización correspondientes frente a las irregularidades identificadas.
El fallo representa un respaldo judicial a la demanda de la comunidad Colque Alta, que cuestionó las actividades mineras desarrolladas dentro de su territorio.

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