La Paz, 5 de febrero de 2024
La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) ha implementado a partir del 2 de febrero niveles máximos de comisiones, tarifas y otros cargos aplicables a las instituciones de intermediación financiera en Bolivia. Estas regulaciones incluyen límites específicos para comisiones y servicios extranjeros, abarcando transacciones más allá de las fronteras del país.
Según la directora de la entidad estatal, Ivette Espinoza, las transferencias al exterior, ya sea cuando el consumidor entrega dólares a la entidad o posee una cuenta en esta moneda, contarán con una tarifa gratuita hasta un límite máximo de $us 1.000. A partir de cantidades mayores, se aplicará una tarifa del 3%. Asimismo, las transferencias al exterior, cuando el consumidor adquiere dólares de la entidad, serán gratuitas hasta un límite de $us 1.000, estableciéndose tarifas específicas para cantidades mayores, determinadas por la entidad financiera.
Espinoza destacó que, en casos que superen los $us 1.000, las entidades deben comunicar de manera transparente las tarifas aplicadas, basándose en los costos incurridos en el extranjero. Se espera que todas las entidades ajusten sus políticas de acuerdo con estas disposiciones antes del 9 de febrero.
La ASFI ha categorizado tres tipos de tarifas, incluyendo comisiones y servicios extranjeros, servicios masivos como compras por internet, retiros de cajeros automáticos de otras entidades y pagos con tarjeta (POS) en el extranjero. Además, se incluyen tarifas gratuitas detalladas en leyes, reglamentos y prácticas comunes, como la emisión de tarjetas de débito inicial, renovación por vencimiento y devolución de tarjetas retenidas en cajeros automáticos propios. La tercera categoría abarca tarifas establecidas por el Banco Central de Bolivia, específicamente para los servicios de Órdenes Electrónicas de Transferencia de Fondos (OETF).
El economista Joshua Espinoza advierte que, aunque estas medidas pueden ser beneficiosas para ajustar sistemas y operaciones, un control más estricto podría conllevar a una mayor especulación en el sistema financiero.
La ASFI subraya que todas estas disposiciones están respaldadas por la Ley 393 de Servicios Financieros. En caso de incumplimiento por parte de las entidades financieras, los usuarios pueden presentar sus quejas en los puntos de reclamos de los bancos o recurrir a las ventanillas de la ASFI.
La directora de la ASFI concluyó señalando que estas regulaciones ofrecen a la población la oportunidad de acceder a servicios financieros adecuados, con tarifas justas y proporcionales a los costos asumidos por las entidades financieras.



