Contraparte, 24 de septiembre de 2026.-
El ministro de Defensa, Ernesto Justiniano, afirmó este jueves que la norma que permite al presidente Rodrigo Paz ejercer sus atribuciones mediante medios tecnológicos cuando se encuentra temporalmente fuera de Bolivia se presume constitucional mientras el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) no determine lo contrario.
La declaración surge en medio del debate sobre la suplencia temporal de la Presidencia y la posibilidad de que el mandatario continúe ejerciendo sus funciones durante viajes oficiales fuera del territorio nacional.
“Mientras ese decreto esté vigente se presume que es constitucional hasta que el Tribunal Constitucional diga lo contrario”, manifestó Justiniano al ser consultado sobre la legalidad del mecanismo.
DS 5515 fue abrogado, pero disposición continúa
Justiniano hizo referencia al mecanismo inicialmente contemplado en el Decreto Supremo 5515. Sin embargo, esa norma fue abrogada expresamente por el DS 5675, promulgado el 13 de agosto de 2026.
Pese a la abrogación, la disposición sobre el ejercicio de las funciones presidenciales desde el exterior fue incorporada al nuevo decreto y continúa vigente.
El artículo 22.I del DS 5675 establece que, cuando el Presidente se encuentre temporalmente fuera del país, deberá ejercer las atribuciones establecidas en el artículo 172 de la Constitución mediante medios tecnológicos de comunicación.
La misma norma señala que, si existe imposibilidad de utilizar esos mecanismos, deberá activarse la suplencia temporal mediante una comunicación expresa y escrita dirigida a quien ejerza la Vicepresidencia.
TCP todavía no emitió una decisión
La controversia también involucra los artículos 169 y 173 de la Constitución Política del Estado. El primero aborda la suplencia temporal de la Presidencia, mientras el segundo establece las condiciones para que el mandatario se ausente del territorio nacional en misión oficial.
La presidenta del TCP, Paola Prudencio, informó que la acción de inconstitucionalidad presentada contra el anterior DS 5515 todavía no fue resuelta.
Por esta razón, aún no existe una decisión constitucional definitiva sobre el fondo de la controversia.
En enero, una Sala Constitucional también rechazó una acción popular que buscaba dejar sin efecto el DS 5515, pero esa determinación no significó una validación de constitucionalidad, debido a que se estableció que el recurso presentado no era la vía adecuada para cuestionar la norma.
Mientras el Gobierno sostiene que el mecanismo garantiza la continuidad de la gestión presidencial durante viajes al exterior, el debate jurídico permanece abierto a la espera de un pronunciamiento definitivo del Tribunal Constitucional.



